Procedimiento para la devolución del IRPF: Solicitud y normativa
22/06/2024
El procedimiento para la devolución del IRPF es un trámite que permite a los contribuyentes solicitar la devolución de las cantidades pagadas en exceso en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En este artículo, te explicaré paso a paso cómo iniciar el procedimiento y cuáles son los plazos y consecuencias que debes tener en cuenta. También te informaré sobre los recursos que puedes interponer en caso de que no estés de acuerdo con la resolución de la Administración Tributaria.
Iniciar el procedimiento
Presentar autoliquidación
El primer paso para solicitar la devolución del IRPF es presentar una autoliquidación en la que se refleje la cantidad a devolver. Para ello, debes utilizar el modelo 150 o el modelo 151, dependiendo de si eres residente o no residente en España, respectivamente. En esta autoliquidación, deberás indicar tus datos personales, los ingresos obtenidos y las deducciones aplicables.
Presentar la solicitud
Una vez presentada la autoliquidación, deberás presentar la solicitud de devolución en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en las entidades colaboradoras, en las oficinas de correos o de forma telemática a través de la página web de la AEAT. En la solicitud, deberás indicar tus datos personales, el número de referencia de la autoliquidación y la cuenta bancaria en la que deseas recibir la devolución.
Examen de la documentación
Una vez presentada la solicitud, la Administración Tributaria examinará la documentación presentada y la contrastará con los datos y antecedentes que estén en su poder. Es posible que te soliciten documentación adicional para comprobar la veracidad de la información proporcionada. Es importante que estés atento a las comunicaciones que recibas por parte de la AEAT y que respondas en tiempo y forma a las solicitudes de información.
Acuerdo de devolución
Una vez examinada la documentación, la Administración Tributaria emitirá un acuerdo en el que se reconocerá la devolución solicitada, se declarará la caducidad del procedimiento o se iniciará un procedimiento de verificación de datos, comprobación limitada o inspección. En caso de que se reconozca la devolución solicitada, la Administración procederá al pago de la misma en la cuenta bancaria indicada en la solicitud.
Plazos y consecuencias
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver el procedimiento de devolución del IRPF es de 6 meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Si transcurrido este plazo la Administración no ha emitido un acuerdo de devolución o ha iniciado un procedimiento de verificación de datos, comprobación limitada o inspección, se entenderá que la solicitud ha sido estimada y se procederá al pago de la devolución solicitada.
Intereses de demora
En caso de que la Administración no ordene el pago de la devolución por causa imputable a ella, abonará automáticamente los intereses de demora correspondientes. Estos intereses se calcularán desde el día siguiente al de la finalización del plazo de resolución hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución.
Recursos
Recurso de reposición
Si no estás de acuerdo con la resolución de la Administración Tributaria, puedes interponer un recurso de reposición ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir. Este recurso deberá presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.
Reclamación económico-administrativa
En caso de que no estés conforme con la resolución del recurso de reposición, podrás interponer una reclamación económico-administrativa dirigida al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable. Esta reclamación deberá presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición.
El procedimiento para la devolución del IRPF requiere presentar una autoliquidación, presentar la solicitud de devolución, examinar la documentación y llegar a un acuerdo de devolución. Los plazos de resolución son de 6 meses y en caso de demora por parte de la Administración, se abonarán intereses de demora. Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de reposición y, posteriormente, una reclamación económico-administrativa.
¡Increíble! Descubre más contenido como Procedimiento para la devolución del IRPF: Solicitud y normativa en esta alucinante categoría Impuestos. ¡No podrás creer lo que encontrarás!
Deja una respuesta